Más de 215.000 personas descubrieron en 2018 que un familiar fallecido tenía un seguro de vida y del que podrían resultar beneficiarios, un 12,5 % más que un año antes, tras consultar un registro creado por el Ministerio de Justicia para evitar que estas pólizas queden sin cobrar.
Todos ellos, en concreto 215.355 personas, obtuvieron esta información con los datos del registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento, puesto en marcha por Justicia en 2007 y que desde entonces han consultado más de 4 millones de personas, casi 479.000 el pasado año. En el 45 % de los casos esas solicitudes confirmaron la existencia de un seguro de vida, lo que no sucedió en 257.052 consultas, un 7,1 % más que el año anterior.
También figuran entre las solicitudes 6.584 notas informativas recibidas, que son la respuesta a una petición de información en vida del asegurado, por ejemplo, cuando una persona tiene dudas sobre las pólizas que tiene contratadas, casi el doble que en 2017.
Cuando fallece una persona es duro para los familiares rebuscar entre sus papeles para verificar cuentas bancarias, tarjetas o posibles seguros de vida, y esto último se puede solucionar de forma sencilla y rápida desde la creación del registro, que es público. Según se explica en la página web del Ministerio de Justicia, «el acceso al registro sólo podrá realizarse una vez fallecido el asegurado, previa acreditación de tal circunstancia, y siempre que hayan transcurrido quince días desde la fecha de defunción». Tras adjuntar el certificado de defunción, rellenar la solicitud y pagar una tasa de 3,78 euros, el registro emite una certificación donde consten, si existen, los seguros que correspondan, con la que el interesado podrá acudir a las aseguradoras con las que se contrataron las pólizas para saber si es beneficiario de las mismas. Y es que puede ocurrir que efectivamente exista un seguro de vida pero el familiar que hace la consulta no sea el beneficiario, con lo que la aseguradora no está obligada a revelar la identidad de la persona que tiene derecho a cobrarlo.
El certificado se puede solicitar por correo, por internet o acudiendo personalmente a la sede central del registro en Madrid o a las gerencias territoriales del Ministerio de Justicia, entre otras posibilidades.
Los datos se encuentran disponibles durante cinco años después del fallecimiento y se refieren solo a los seguros de vida y a los de accidentes en los que se cubra la contingencia de fallecimiento.
De las peticiones recibidas en 2018, que incluyen notas y certificados, 126.747 procedían de las notarías, que están obligadas a informar de oficio cada vez que tramitan una herencia, y que emitieron casi el mismo número de certificados, de los que 40.365 tenían asociada alguna póliza. Otras 39.321 peticiones llegaron por vía telemática, y en 19.591 de ellas existía algún seguro. Por último, a través de la ventanilla, es decir, en alguna de las oficinas habilitadas para este fin, se tramitaron 58.496 peticiones, y se emitieron el mismo número de certificados, de los que 28.154 obtuvieron un resultado positivo.
Fuente: Revista Adiós Cultural